C/ Gómez Becerra, 27 primero A - 10002 Cáceres.
Lunes - Viernes : 09:00 - 20:00

¿QUÉ ES UNA TARJETA REVOLVING? TÚ PUEDES SER UN AFECTADO. RECLAMAMOS POR TÍ A ENTIDADES BANCARIAS Y FINANCIERAS.

¿Qué es una tarjeta revolving?

Una tarjeta revolving o crédito revolvente es una línea de crédito concedida por una entidad financiera a un cliente con un límite establecido generalmente por debajo de 10.000€, que se renueva al hacer disposiciones y que permite pagar en cuotas periódicas.

La principal diferencia con respecto a un crédito tradicional reside en la flexibilidad que nos ofrece la entidad financiera para pagar las cuotas donde el cliente tendrá que amortizar la cantidad solicitada mediante pagos fraccionados como si se tratara de un préstamo personal, es decir, no existe un número fijo de cuotas y el cliente puede negociar el sistema de pago de cuotas (pago fijo o pago porcentual).

Además, puede amortizar anticipadamente cuando lo desee, dentro de un plazo mínimo, o aplazarlo aportando siempre una cantidad mínima establecida. Técnicamente hablando, se trata de un producto financiero híbrido entre el crédito tradicional y el préstamo personal.

Por último, existen establecimiento financieros no supervisados por el Banco de España que se dedican única y exclusivamente a ofrecer este tipo de servicios. Por lo que no hay una normativa que vigile a este tipo de entidades.

Entre las más conocidas podemos encontrar: Wizink, Cetelem, Santander Consumer Finance, Alcampo, Cepsa, BBVA…

¿Qué dice el Tribunal Supremo?

El Tribunal Supremo considera que si se cumplen los requisitos para considerar que infringe la Ley de Represión de la Usura se deberán considerar abusivos y por tanto nulos.

La norma, dictada en 1908, no pone límites precisos, pero sí fija los requisitos para considerar que un préstamo es leonino: lo será aquel que fije un interés «notablemente superior al normal del dinero» y que sea «manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso».

En concreto el Tribunal Supremo, el 28 de octubre de 2015 en el Pleno de la Sala de lo Civil concluye en el caso juzgado que el interés es “notablemente superior al normal del dinero».

De hecho, la más reciente sentencia del TS (de 4 de Marzo de 2020) vuelve a recalcar el carácter abusivo de la inmensa mayoría de estos contratos financieros.

Tomando como referencia la TAE de los créditos concedidos de carácter personal por el Banco de España se puede comparar el coste anual del microcrédito, crédito rápido o tarjeta revolving y compararlo con el interés medio de los préstamos al consumo en la fecha en que fue concertado para considerar si el interés contratado es «notablemente superior al normal del dinero» y en caso de ser abusivo reclamar.

¿Cómo reclamar una tarjeta revolving?

Actualmente, los casos en los que afectados por los créditos revolving desean reclamar están aumentando considerablemente. Desde este Joana Sánchez Abogados le ayudamos a interponer una reclamación previa ante la entidad financiera. De hecho, si no dispone del contrato de tarjeta o desconoce si alguna cartera de créditos ha comprado sus derechos, nosotros conseguimos toda la documentación. Tras este primer paso, y en caso de que la entidad se niegue a llegar a un acuerdo, podremos presentar la correspondiente demanda ante los Tribunales de Justicia competentes.

RECUPERE EL DINERO QUE SU COMPAÑÍA DE SEGUROS DE AUTOMÓVIL LE TIENE QUE ABONAR POR EL PARÓN DEL COVID LISTADO DE TARJETAS REVOLVING EXISTENTES SUSCEPTIBLES DE RECLAMAR